martes, 14 de diciembre de 2010

Nóminas en Digitex

Mª José Gómez López

Secretaria General Sección Sindical UGT Digitex Albacete.

Entendemos que la recepción de la nomina es un derecho para el trabajador y una obligación para el empresario por lo que no debe cargarse la obligación de solicitarla al trabajador.

Todos los trabajadores tiene derecho a disponer de su nomina y la empresa el deber de facilitarla. No nos consta que ningún trabajador haya comunicado por escrito u otro medios documentados que desea renunciar a este derecho por lo que entendemos que al igual que el resto de las nomina las correspondientes al IPC de atrasos de Mayo deben facilitarse a TODOS los trabajadores sin que necesariamente las tengan que solicitar al coordinador, ya que este no es el cauce habitual de solicitud, siendo este a través de oracle donde continúan sin estar disponibles, por lo que no disponiendo la empresa del medio habitual para poner a disposición de los trabajadores dicho documento , la empresa debe facilitarlas a los trabajadores por aquellos medios que tenga a su disposición.


"La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan." (estatuto de los trabajadores)